Las responsabilidades del técnico de prevención de riesgos laborales

Conozca las responsabilidades legales de los técnicos de seguridad y salud en el trabajo en Portugal, con foco en las implicaciones penales y civiles y la relevancia del Código del Trabajo.

· 7 minutos · Legislação Laboral

Las responsabilidades del técnico de prevención de riesgos laborales

La persona que, en algún momento de su carrera profesional, decide dedicarse al asesoramiento en materia de prevención de riesgos laborales, se enfrenta a una clara dicotomía. Por un lado, la satisfacción de contribuir a garantizar la seguridad y salud de quien desempeña su actividad laboral expuesto a algún riesgo. Pero, por otro lado, existe una preocupación constante por las consecuencias que pueden derivarse de ese asesoramiento. Preocupación que se acentúa aún más cuando se desconoce qué responsabilidades pueden, exactamente, derivarse para el personal técnico y cuáles son los procesos seguidos para exigir esas responsabilidades.

Responsabilidad Penal

Es la más temida y afecta de un modo más directo al personal técnico de prevención de riesgos laborales.

El Artigo 280.º do Código Penal (Artículo 280 del Código Penal) portugués tipifica el delito contra la seguridad y salud en el trabajo. Este artículo atribuye responsabilidad penal a aquellos que, con infracción de las normas de prevención de riesgos laborales y estando legalmente obligados, no faciliten los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas, de forma a poner en peligro grave su vida, salud o integridad física.

Es importante tener en cuenta que basta el hecho de poner en peligro grave al trabajador para que pueda ser aplicado, sin que sea necesario que ocurra un accidente. Si, además, se produce un resultado lesivo, podría atribuirse responsabilidad no solo por el delito contra la seguridad y salud en el trabajo, sino también por un delito de lesiones a la integridad física.

Cuando ocurre un accidente o cuando existen indicios de que se ha puesto en peligro la vida, salud o integridad física de alguna persona en su ámbito laboral, el Tribunal de Instrucción Criminal que tiene conocimiento del hecho está obligado a investigar lo ocurrido. Para ello, puede llamar a declarar a cualquier persona que pueda haber intervenido en la elaboración de la documentación preventiva, en la implementación de la prevención y en el control de su cumplimiento. La finalidad de esta investigación es esclarecer si existió delito y, en caso afirmativo, quién puede ser responsable de la comisión de ese supuesto delito.

Así, entre las personas que pueden ser llamadas a declarar se encuentra el personal técnico de prevención de riesgos laborales. Este llamamiento a declarar puede hacerse en calidad de investigado o como testigo. Si existe el mínimo indicio de duda sobre si su trabajo fue correcto, la comparecencia se hará en calidad de investigado. El objetivo es que se cumplan todas las garantías procesales, asegurando su derecho de defensa. De esta forma, tendrá acceso, antes de su declaración, a una copia de todo el proceso, además de contar con la asistencia jurídica preceptiva que le acompañará durante el proceso.

El hecho de que una persona sea llamada a declarar como investigada en un proceso como el que nos ocupa, solo significa que se están investigando hechos para verificar si pudo haber habido negligencia por parte de algún interviniente. Una vez concluida la instrucción, es decir, la investigación de los hechos, el Tribunal decidirá el archivo del proceso si considera que no hay indicios de delito. En caso contrario, determinará que el proceso continúe. Si esto último ocurre, existen diferentes trámites procesales en los que se puede alegar y explicar el trabajo realizado, antes incluso de que tenga lugar el acto del juicio:

En resumen, se tiene la oportunidad de explicar todo lo que sea necesario en defensa de los intereses de las partes investigadas.

Además, en el acto del juicio, todas las partes tienen la oportunidad de probar y alegar lo que consideren conveniente en relación con el objeto del proceso, siendo la sentencia aún susceptible de recurso. En conclusión, la declaración de investigado es un trámite, dentro de una fase de investigación, que no tiene por qué terminar en juicio. Es importante que la declaración sea preparada a conciencia, con la tranquilidad que las circunstancias permitan, siguiendo los consejos de la dirección de abogados y de aquellos responsables técnicos que colaboren en la preparación de la defensa.

Responsabilidad Civil

Es otra responsabilidad que puede ser exigible. En este punto y para tranquilidad de los lectores, es preciso señalar la obligación de todos los servicios de prevención de tener contratada una póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra cualquier negligencia que sea cometida, tanto por el personal técnico como sanitario, en el ejercicio de sus funciones.

No obstante, la intervención de quien elaboró la documentación preventiva de la empresa en el proceso judicial será crucial, ratificando y aclarando todo lo que sea necesario, a fin de contribuir a la defensa del servicio de prevención y de la compañía aseguradora que asuma la responsabilidad.

Esta intervención será, generalmente, en calidad de testigo, ya que quien tendrá la condición de parte demandada en el proceso será la entidad empleadora de la persona accidentada y, dependiendo de cómo los hechos ocurrieron, el servicio de prevención.

La evaluación de riesgos de una empresa es el documento fundamental donde queda registrado, de forma documental, todos los riesgos existentes en cada puesto de trabajo, así como las medidas preventivas que deben ser implementadas para garantizar la integridad física y psicológica de los trabajadores. Aunque no es el único documento que sirve para asesorar a la empresa, es el primero que se analiza a la hora de evaluar si el asesoramiento dado fue correcto o padece de alguna deficiencia. Por eso, y para evitar que se derive responsabilidad, no solo para el personal técnico, sino también para la entidad empleadora y el servicio de prevención, es absolutamente necesario que sea elaborado a conciencia, de forma exhaustiva y que incluya todas las tareas, equipos e instalaciones comunicadas por quien ejerce la interlocución en nombre de la empresa.

Para terminar, solo deseamos a todos aquellos que ejercen tan importante y necesaria profesión que la satisfacción de contribuir a la seguridad y salud de las personas sea lo que prime en su día a día y que lo hagan creyendo en su propia profesionalidad, ya que, tanto dentro como fuera de un proceso judicial, son siempre aquellos que más saben sobre prevención de riesgos laborales.

Escrito por Dulce Barbosa

Diretora da Área de Formação

Dulce Barbosa es Directora del Área de Formación de Quirónprevención Portugal, responsable del diseño y la calidad de los contenidos formativos certificados por la DGERT. Se dedica a garantizar una formación relevante, atualizada e adaptada a las necesidades reais de las empresas y sus trabajadores.